Con una votación de 5 – 4 la Sala Plena de la Corte Constitucional ratificó el polémico fallo de la sentencia T-342 de 2020 de la tutela interpuesta por el coronel y comandante de la brigada decimoséptima del Ejercito, Carlos Alberto Padilla Cepeda, porque consideró que la Comunidad de Paz vulneró los «derechos fundamentales de dicha unidad militar y del personal que la compone».
La tutela que fue interpuesta por las publicaciones realizadas en la página web de la Comunidad de Paz de San José del Municipio de Apartadó, entre el 28 de febrero y el 29 de agosto de 2018 donde se afirmaban que la brigada «actuaba en complicidad con organizaciones al margen de la ley» específicamente con grupos paramilitares, busca que la comunidad se retrate de sus denuncias al «vulnerar su buen nombre».
La Corte Constitucional instó a la Comunidad de Paz de San José del Municipio de Apartadó a que no se hagan este tipo de afirmaciones sin una condena previa, lo que para analistas y defensores de DDHH limita la capacidad de denuncia de la Comunidad.
«Esta decisión vulnera el derecho de la comunidad y de cualquier organización a denunciar y exigir del Estado esclarecimiento y sanción de los responsables de violaciones de derechos humanos» afirman defensores de derechos humanos.
Para la Comisión de Justicia y Paz, que acompañó esta iniciativa de paz en marzo de 1997, la decisión de la Corte Constitucional es un contrasentido contra la labor legal y legitima de expresar en libertad la observación y evidencias de la relación de militares y paramilitares. La Corte está avalando el silenciamiento al que las comunidades en el Urabá y el Chocó están viviendo por las nuevas dinámicas armadas».
La Comunidad de Paz de San José del municipio de Apartadó ha sido víctima de la violencia paramilitar con complicidad y aquiescencia de la brigada 17 desde marzo de 1997. Desde ese año a hoy más de 300 integrantes de esta iniciativa han sido asesinados.
Hoy la Corte Constitucional ha proferido una estocada a la Comunidad de Paz y a la comunidad de derechos humanos, pues para denunciar una actuación contra la dignidad humana por parte del Estado debe haber una decisión judicial que así lo pruebe. Para analistas esto es un absurdo ante un aparato judicial que tiene un récord de 90% de impunidad y donde las pocas verdades judiciales se han logrado solo por las denuncias de las víctimas.
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