JEP abre caso 08, sobre crímenes de la fuerza pública y paramilitares o terceros civiles

JEP abre caso 08, sobre crímenes de la fuerza pública y paramilitares o terceros civiles

Jurisdicción Especial para la Paz durante rueda de prensa. Fotografía: JEP

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anunció que abrirá un nuevo macro caso en el cuál se investigaran los los hechos cometidos por la fuerza pública, en asocio con terceros o grupos al margen de la ley. El caso 08 fue denominado «crímenes cometidos por miembros de la fuerza pública, otros agentes del Estado, o en asocio con grupos paramilitares, o terceros civiles, por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano»

El anunció se dio en medio de la declaración y rueda de prensa de la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP, que fue llevada a cabo desde las nueve de la mañana de este 30 de agosto. En este caso, se investigarán hechos que no estén incluidos dentro de los otros casos abiertos, por ejemplo, que no correspondan con falsos positivos (caso 03), victimización de miembros de la Unión Patriótica (caso 06) o que no estén siendo investigados en casos territoriales (caso 02, 04, y 05).

Según la JEP, las cifras preliminares indican más de 15710 crímenes atribuidos a la fuerza pública, 56.502 a paramilitares y 280 a otros agentes del estado. De igual manera, el proceso preliminar de contrastación judicial arrojó que, los crímenes cometidos de manera directa por la fuerza pública fueron 8345 homicidios; 2.904 casos de desplazamiento forzado; 1.638 amenazas; 1.249 casos de tortura, y 1.136 desapariciones forzadas. Donde el 51% de los hechos se concentraron entre 2000 y 2009.

La Sala de Reconocimiento de la JEP investigará el entramado criminal en el que miembros de la fuerza pública, otros agentes de Estado, terceros civiles y paramilitares se asociaron para cometer crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra contra la población civil.

Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)

Asimismo, afirmaron que se debe abordar este suceso dentro de la guerra como una serie de conductas y no como hechos fragmentados, para facilitar la comprensión de los crímenes y hacer más eficiente impartir la justicia. Puesto que, investigar la desaparición forzada de manera aislada de asesinatos selectivos, masacres y desplazamientos truncaría las posibilidades del esclarecimiento de la verdad.

De igual forma expresaron que la investigación se concentrará en esclarecer las formas de cooperación entre agentes estatales y grupos paramilitares, por lo cual se investigará la responsabilidad penal que le pueda caber por crímenes ejecutados materialmente por paramilitares, cuando comprometan la responsabilidad penal de la fuerza pública.

Zonas críticas de afectación

Las zonas priorizadas, o territorios más críticos, en donde se concentrará la investigación de este caso en primera instancia, son: El Gran Magdalena, que comprende Cesar, la Guajira y Magdalena; los Montes de María; el Ariari-Guayabero-Guaviare, Caguán y Florencia; Antioquia y el Magdalena Medio.

Se trata de zonas que fueron de amplia influencia sociopolítica y militar de las guerrillas. Allí confluyeron organizaciones sociales, partidos políticos de oposición, asentamientos de comunidades indígenas, afrodescendientes y campesinas, así como pobladores urbanos de barrios populares e intereses particulares y estratégicos sobre el territorio

JEP

Este escenario, en el cuál convivían actores armados y población civil, motivó y sirvió de narrativa para justificar la estigmatización de las comunidades, así como los sectores sociales y políticos; pues se les catalogó como auxiliadoras o integrantes de las guerrillas, por el hecho de residir en esos territorios.

Motivaciones y patrones criminales

En un primer momento, la investigación gira en función a las motivaciones de la acción criminal. Tales crímenes fueron motivados bajo 3 causales; la primera es la justificación contrainsurgente, en la cual agrupa hechos que guardan relación con la radicalización de la lucha contrainsurgente y estigmatización de la población civil. Esto también con el fin de consolidar control territorial mediante la victimización hacia civiles sospechosos de colabora con las guerrillas.

En una segunda instancia, se menciona el interés económico particular, donde el principal motivante es el control de los intereses económicos del territorios, sus riquezas y el acaparamiento de tierras de las poblaciones rurales.

El tercer motivante, según la JEP, fue por obtener el control de la función pública, donde se buscaba la captura de rentas de la administración estatal para fortalecer estrategias de expansión y consolidación regional y nacional de estructuras paramilitares.

Los paramilitares se apoyaron en miembros de la fuerza pública, otros agentes de Estado y terceros civiles por ser sus intermediarios en la captura de la función y aparato público

JEP

La Jurisdicción asegura que la apertura del caso 08 representa una especial contribución a las garantías de no repetición, pues permitirá comprender las motivaciones de los crímenes cometidos, desde una dimensión personal, territorial e institucional

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