En la Sala Plena del alto tribunal se estudia una ponencia, presentada por el magistrado José Fernando Reyes, y elaborada a partir de nueve tutelas que piden la adopción de políticas públicas para frenar los crímenes contra defensores de derechos humanos en el país.
Por Carolina Toro Leyva, Contagio Radio
Bogotá. Ante el incremento de asesinatos de líderes sociales en el país, la Corte Constitucional podría declarar el estado de cosas inconstitucional para reforzar la protección de esta población y el pleno cumplimiento de sus labores, especialmente en los territorios.
Esta ponencia fue presentada por el magistrado José Fernando Reyes a cuyo despacho llegaron un total de nueve acciones de tutela presentadas por 18 defensoras/es de derechos humanos. En los recursos fueron expuestos los graves riesgos que corren en materia de seguridad a pesar de contar con esquemas de protección: no hay un enfoque diferencial, étnico, territorial ni de género para sus labores.
Con motivo de estos documentos el abogado presentó una ponencia que pide proclamar una emergencia tras la vulneración masiva de los derechos de líderes y lideresas, así como un llamado perentorio a las entidades correspondientes del orden nacional para implementar medidas de atención a corto plazo.
Dicha ponencia es estudiada por la Sala Plena del alto tribunal y necesita cinco votos de nueve para su aprobación. En caso de que así sea, dicho estado de cosas se suma al declarado en 2022 sobre la situación de seguridad de los excombatientes de las Farc que se acogieron al Acuerdo Final de Paz y se encuentran en proceso de incorporación.
Las tutelas
Todos los recursos condicen en varios: hay falencias en los esquemas otorgados por la Unidad Nacional de Protección (UNP), incluyendo demoras o personal insuficiente para la custodia de los líderes sociales. Además, estos no cuentan con enfoques diferenciales y ha generado, como primera consecuencia, afectaciones en la representación de las organizaciones a las que hacen parte.
Igualmente, no hay un plan estratégico definido para eliminar la estigmatización contra estas personas, por lo que pidieron la implementación de una política pública de garantías de seguridad para la defensa de los derechos humanos. Además, delegados como la representante del alto comisionado de Naciones Unidas en Colombia, Juliette de Rivero, pidió establecer una política de sometimiento de estructuras criminales de alto impacto.
Estas tutelas también solicitaron la protección de comunidades étnicas, integrantes de colectivos campesinos, líderes estudiantiles, docentes y personas que ejercen liderazgos sociales en zonas con alta presencia de grupos armados ilegales; así como el diseño metodológico de las sesiones que realice la Comisión Intersectorial para la Respuesta Rápida a las Alertas Tempranas (Ciprat) que abarque una estrategia conjunta para reaccionar de manera oportuna a las alertas tempranas de la Defensoría del Pueblo.
De acuerdo con el observatorio de derechos humanos de Indepaz, en el año han asesinado 98 líderes y lideresas sociales en el país. El último caso reportado ocurrió el miércoles 26 de julio, cuando sujetos armados asesinaron en Santander de Quilichao (Cauca) a Fredy Bomba Campo, defensor indígena en el departamento.
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¿Qué es el estado de cosas inconstitucional?
El estado de cosas inconstitucional (ECI) es una figura o una forma de decisión que la Corte Constitucional adopta cuando se cumplen ciertos requisitos para enfrentar una situación grave: 1. que haya una violación masiva y recurrente de los derechos fundamentales de cierta población; 2. que esa violación no se deba a circunstancias específicas sino a problemas generales usualmente ligados a la falta de cumplimiento de ciertas autoridades de sus obligaciones legales y constitucionales y que, por consiguiente; ,3. las tutelas individuales no sirven porque, 4. se necesitan medidas generales.
En esas ocasiones lo que hace la Corte es declarar que existe ese estado de cosas inconstitucional y formular a las autoridades órdenes generales para que entre ellas cooperen y se supere la situación.Luego hay un seguimiento a la sentencia para decidir si se levanta o no el ECI según el mejoramiento de la situación.
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La Corte ha usado el ECI en el pasado frente a distintos tipos de problemas; el más célebre es tal vez en relación con el desplazamiento forzado, pero también la ha usado por el hacinamiento en las cárceles, la falta de concurso para notarios, la desnutrición en La Guajira y las demoras en el trámite de pensiones.
La experiencia ha mostrado resultados diversos. En algunos casos la situación se superó y se levantó el estado de cosas inconstitucional. Eso sucedió en el caso de Colpensiones y del concurso de notarios. En otros casos se ha mantenido la situación y la Corte sigue supervisando, como en el caso de desplazamiento forzado, en el que solo ha habido levantamientos parciales.
A pesar de esos resultados diferenciados, el consenso académico es que esas declaraciones son fundamentales a nivel político y a nivel técnico-jurídico. A nivel político, porque al declarar el estado de cosas inconstitucional, la Corte pone el tema en el debate político nacional. Además, se da un diálogo entre la Corte, las autoridades, la academia y las organizaciones sociales y eso genera lo que algunos llaman una jurisprudencia dialógica, que ayuda a mejorar la transparencia y la calidad de las políticas públicas destinadas a enfrentar el problema. Entonces, incluso cuando no se ha levantado un ECI, las políticas pueden mejorar.
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