Bandera LGBTQ+. Fotografía Don Diario.
Con la Sentencia T-033 de 2022 del 4 de febrero la Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional de Colombia estableció que en las cedulas de identificación se incluya el género no binario. La magistrada Gloria Stella Ortiz dictó la resolución como respuesta a la acción de tutela interpuesta en mayo 2021 por Dani García Pulgarín en contra de la Registraduría Nacional del Estado Civil y de la Notaría Novena de Medellín.
Las dos entidades fueron sentenciadas culpables por haberle negado a Dani García el cambio de su nombre por segunda vez y por no haber modificado su género en una categoría distinta a la de hombre o mujer. Dichas omisiones, según la Corte Constitucional, representaron una violación de los derechos a la dignidad humana, a la personalidad jurídica, al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad de conciencia.
El expediente
García Pulgarín nació como hombre, pero a los 20 inició el proceso de transición de género. En 2015 cambió por primera vez su documento de identidad a sexo femenino, sin embargo, no se reconoce totalmente como mujer. Por eso, tras la acción de tutela que solicitó, la Corte ordenó al Gobierno y a la Registraduría garantizar el género no binario en las cedulas de identificación, para tener una hoja de ruta clara en situaciones similares en donde una persona no se reconozca en los dos sexos biológicos.
La Corte fundamentó su decisión alegando que es deber del Estado evitar la discriminación y compensar la desigualdad de los grupos históricamente más vulnerados. Por ello, el reconocimiento de la identidad de género es un derecho fundamental y el Estado tiene que tratar a cada persona conforme a como se reconozca a sí misma.
Una sentencia histórica y un esquema presente en muy pocos países
Con esta sentencia histórica, como se está pidiendo en otras partes del mundo por grupos LGBTQ+, el máximo tribunal de Colombia reconoció la identidad de género no binaria, es decir que el sexo biológico puede no corresponderse con la identidad de género.
Registraduría y Gobierno tienen ahora seis meses para implementar este esquema, si no cumplen dentro del plazo establecido las personas podrán cambiar la asignación del género no binario ante las autoridades competentes.
En conjunto, dispongan todo lo necesario para la puesta en marcha de este esquema de identificación, de modo que las personas no binarias que cumplan los demás requisitos previstos en relación con la corrección del componente sexo, puedan optar por esa categoría, con las mismas garantías de quienes se identifican oficialmente en forma binaria.
Sentencia T-033 de 2022 del 4 de febrero 2022
Colombia se une a una restringida lista de países que introdujeron dicha medida de asignación de género. Las luchas a lo largo del mundo de la comunidad LGBTQ+ hicieron que fuera implementada en Argentina, Australia, Bangladesh, Canadá, Estados Unidos, India, Nepal, Nueva Zelanda y Países Bajos. Convencionalmente en los documentos ha sido adoptado el carácter “X” como inicial para el género no binario.
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