Fotografía ilustrativa de Getty Images.
Desde este miércoles 16 de junio, las madres y padres colombianos podrán decidir cuál será el primer apellido de sus hijos e hijas. La decisión que deja de lado la prioridad del apellido paterno, se da con la aprobación en último debate del Proyecto de Ley ‘Aluna’, presentado por la representante a la Cámara, José María Pizarro y la ponencia del senador Gustavo Petro.
El proyecto que tuvo 59 votos a favor y 2 en contra, es para la representante Pizarro «un paso más en la lucha por la igualdad, paridad y equidad en el país, es un proyecto de ley de una profunda transformación cultural y simbólica, y un reconocimiento a la maternidad y a las labores de crianza y de cuidado».
De acuerdo a Gustavo Petro el Proyecto, «busca evitar tratos discriminatorios contra la mujer», además que establece que en caso de no haber un consenso entre la pareja, se decidirá a manera de sorteo, es decir el funcionario encargado del registro sorteará el orden de los apellidos con el procedimiento que establezca la Registraduría Nacional.
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‘Aluna’ también cobija a las parejas del mismo sexo
El proyecto de Ley está establecido para hijos matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos, de unión marital de hecho, de parejas conformadas por el mismo sexo y para el caso de los hijos con paternidad o maternidad declarada por decisión judicial.
Aunque la senadora del partido político Centro Democrático, María del Rosario Guerra y el también senador John Milton Rodríguez, fueron quienes rechazaron el proyecto por contemplar a las parejas del mismo sexo, el Proyecto fue defendido por otros congresistas que reiteraron que la discusión era el orden de apellidos y no temas de adopción.
María José Pizarro además dijo que la importancia de ‘Aluna’ es el «reconocimiento a las labores de cuidado y crianza de las mujeres en nuestro país y va más allá de una acción afirmativa, comienza a cambiar estructuras sociales dominantes en Colombia; es un proyecto de ley simbólicamente muy potente, es un paso más en la lucha por la equidad de género”.
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Ley 54 de 1989 inconstitucional desde 2019
Desde 2019, año en el que se presentó el Proyecto de Ley ‘Aluna’, el Alto Tribunal declaró inconstitucional la Ley 54 de 1989, que ordenaba que los hijos e hijas debían llevar primero el apellido del padre, lo que vulnera el derecho fundamental de la Constitución del 91 sobre la igualdad entre hombres y mujeres.
Según el DANE, en Colombia el 40,7 % de los hogares tienen como jefes de hogar a madres cabeza de hogar, y el 56% de las madres en Colombia son madres cabeza de familia, es decir 12,3 millones de mujeres. Francia, Italia, Uruguay, Argentina y México también han adoptado legislación en torno al cambio en el orden de apellidos.
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